Notas:
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Se está planteando por parte de los medios de comunicación, la sociedad civil y los poderes públicos qué debe o puede hacer el Estado para prevenir la comisión de nuevos delitos por parte de algunos sujetos condenados por delitos sexuales de extrema gravedad. Aunque estos planteamientos no son nuevos, la cuestión ha adquirido una especial relevancia a raíz de la derogación de la doctrina "Parot" por parte del TEDH y la consecuente puesta en libertad de determinados reclusos. Pese a que en España existe la posibilidad de imponer una medida de libertad vigilada desde la entrada en vigor de la LO 5/2010, en otros Estados hace ya tiempo que se han implementado medidas post-penitenciarias dirigidas a este tipo de delincuencia considerada de riesgo. Dado que Estados Unidos ha sido el pionero en la implementación de las mismas, el objeto de este análisis lo constituye dar a conocer las medidas post-penitenciarias reguladas en este país para hacer frente a la delincuencia sexual. Con este objetivo, se abordará la regulación legal de las mismas y se hará referencia a los resultados de algunos de los estudios empíricos realizados respecto a su eficacia. Con todo, se pretende obtener el suficiente conocimiento de la utilidad de las medidas post-penitenciarias aplicables a delincuentes sexuales en Norteamérica con el fin de plantearse su posible introducción en el sistema jurídico-penal español.
Nowadays the media, the society and the public authorities are considering wat
the State should do to prevent further offenses committed by some individuals convicted of
extreme sexual offences. Although these ideas are not new, the issue has become especially
relevant as a result of the repeal of the “Parot” doctrine by the ECHR and the consequent release
of certain prisoners. In Spain exists the possibility of imposing a supervised release after the
fulfillment of the imprisonment since the entry in force of the LO 5/2010, although other States
have been implemented post-prison measures aimed at dangerous offenders since far away.
Among these, United States has been the pioneer in the implementation of these types of
measures, so the purpose of this analysis is to present the post-penal measures regulated in this
country to address the dangerousness of sexual offenders. For this purpose, in this article it will
be addressed the legal regulation of these measures and will be referred the results of some
empirical studies about its effectiveness. Once it will have been done, it is intended to obtain
sufficient knowledge of the utility of post-penal measures against sex offenders in North
America in order to consider its possible introduction in the Spanish criminal justice system.
Trabajo realizado en el marco del proyecto I+D sobre “Protección jurídico-penal de la libertad e
indemnidad sexual de los menores” (DER2012-38559-C03-03). |